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martes, 8 de noviembre de 2022

"Todos los hechos evidencian la existencia de una explosión de grisú”.El accidente del Pozo María según el informe de CCOO (III)


El 10 de noviembre de 1979 CCOO, sindicato mayoritario en MSP, presenta su informe sobre el accidente del Pozo María. El documento está elaborado por Arturo Díaz y Manuel Martínez, técnicos de la Federación Sindical Minera de CC.OO, a petición del Comité de Empresa y tras la reiterada negativa de UGT a realizar uno conjuntamente.

CCOO señala que la empresa les negó la entrada en el momento del accidente y que solo pueden inspeccionar el lugar del accidente en una Comisión Conjunta de Técnicos de CC.OO y UGT el día 29 de noviembre.

El documento consta de 23 páginas, con una estructura similar al dossier de UGT, dividido en 6 epígrafes:

1.     Antecedentes

2.     Constataciones

3.     Interpretación del accidente

4.     Causas

5.     Incumplimiento del Reglamento de Policía Minera

6.     Conclusiones

Los técnicos de CCOO comienzan realizando una constatación del accidente ocurrido en el segundo relevo en el taller sobre la capa 13-0 de 5ª a 3ª en el que fallecen 10 mineros que se encuentran trabajando en el “nivel de cabeza y galería de retorno de la citada explotación”. El informe bebe de 3 fuentes, los testimonios de los trabajadores, las observaciones de la Comisión de Seguridad de Zona y las comprobaciones y visitas de los técnicos al lugar del siniestro. También recoge la “postura obstructiva de la Dirección de la Empresa”. Impidiendo la entrada de los técnicos o no mostrando la documentación, los libros de ventilación y visitas de Jefatura de Minas, la locomotora eléctrica o los informes del médico Forense.

En el segundo epígrafe, “Constataciones”, se detalla como los trabajadores escucha una explosión “acompañada de compresión de tímpano”. Al igual que el informe del sindicato socialista recoge la necesidad de entrar con respiradores autónomos por la falta de ventilación. El documento señala que no se practica un “control asiduo” de los niveles de metano y que el vigilante de la explotación no llevaba lámpara de seguridad el día del accidente.

Actitud negligente teniendo en cuenta que existen precedentes. El documento recoge que han “existido incidencias graves producidas por el grisú en el Trasversal General de 3ª planta donde al menos en dos ocasiones ha habido deflagración de pequeñas bolsas de grisú” a consecuencia de las chispas generadas por la locomotora de cable de contacto.

Los niveles de grisú son altos, de hasta el 2% en el lugar donde se encontraba la locomotora. El informe sindical constata que el grisúmetro de la empresa no detecta grisú a diferencia del de los Técnicos, “reglado correctamente” en distintos momentos. Los ingenieros de CCOO constatan, cómo lo hizo UGT, que el diámetro de la manga de ventilación sólo funcionaba “parcialmente” y que el taller estaba “trancado” con las dificultades de ventilación. Además, sólo tenía un acceso. El documento recoge la práctica “habitual” del “corte de la ventilación  en los talleres de arranque debido a la escasa fluidez de evacuación”.

Los rescatadores tuvieron que hacer un “rampón” para el rescate que “caló en la serie 1ª a hundimiento”, constatando el derrabe y los 142 vagones de carbón que se acumulaban. Los cuadros estaban “desaplomados hacen la dirección del avance”. Uno de los apartados se detiene en la locomotora, situada a 110 metros del corte y que no era antigrisú.

Las CCOO, cómo habían hecho los testigos, constatan la posición en la que aparecen los trabajadores, 5 de ellos con quemaduras, maquinista y ayudante, barrenista y ayudante y vigilante.

Una novedad que aporta el documento de CCOO es un examen de cada una de las lámparas de los fallecidos, realizado por el Subcomité de Seguridad y un Informe de la Comisión de Seguridad en Higiene del Comité de Zona Villablino (junto con el Comité de Grupo María y el Delegado Minero de Seguridad). En este último se indica que la lámpara 155, correspondiente a Adolfo Real, “estaba ahumada por dentro”. Se encuentra un cable utilizado para pegas eléctricas “con muestras de haber sido sometido a elevadas temperaturas” y los 6 cuadros del corte “estaban tirados hacia adelante” y con gran cantidad de “rachos desprendidos”. Encima había una bóveda en la cual el grisúmetro registró una cantidad superior al 3%, la máxima.

Las muestras tomadas por el equipo de CCOO, y estudiadas en laboratorio, confirman fibras carbonizadas que no se aprecian a simple vista, tanto de madera cómo de plástico. El análisis descarta la combustión provocada por explosión de polvo de carbón pues los volátiles son del 9,9% (cuando sólo los superiores a 12-14% “ofrecen peligro de explosión”), las proporciones de polvo en suspensión es insuficiente y la galería 13 no es muy pulverulenta y no existen restos de cenizas o carbón coquizado.

“Sin lugar a dudas todos los hechos apuntados en la segunda parte de este informe evidencian la existencia de una explosión de grisú”. Diversas causas son las que provocan la acumulación de metano, especialmente el corte de ventilación, pero “indudablemente· es la locomotora de baterías la que  dio origen a la deflagración”. La explosión no fue muy grande por tratarse de grisú confinado y no en movimiento debido al tranque. La muerte de los trabajadores, que presentan claros signos de quemaduras, se debe a “las enormes presiones originadas como consecuencia de la onda expansiva”.

Tras llevar a cabo la conclusión, el informe va detallando todos los artículos del Reglamento de Policía Minera que se incumplían. Desde la falta de reconocimiento de grisú por parte del vigilante hasta la prohibición de utilización de locomotora de cable cuando se supera el 0,3% de grisú, contando con que en toda la explotación solo había un grisúmetro y “en malas condiciones”.

Por tanto, el accidente es atribuible a una “falta de seguridad” mantenida en el tiempo. La responsabilidad directa es de la MSP que ha incumplido la legislación y de la Administración por falta de comprobación. Hechos por los cuales obstruyen la investigación, para evitar las responsabilidades penales derivadas de su negligencia.

El sindicalista de CCOO Manuel Lastra, caminero en el mismo grupo y que ese día había trabajado en ese taller, conocía a todos los fallecidos. Tiempo después reflexionó en estos términos sobre el manto de olvido con que se cubrió el accidente y a sus responsables: “No se quiso o no se pudo. (…) quedó en el aire como si fuese un accidente fortuito”.  “A mí, a nivel personal, marca un antes y un después”. A la comarca de Laciana, también.

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